DOS ESCRITURAS SOBRE ESCLAVOS EN EL MOTRIL DEL SIGLO XVII



La esclavitud es un fenómenos que se dio en la historia del hombre seguramente desde la más remota antigüedad hasta bien entrado nuestro siglo e incluso en algunos países siguen existiendo hoy formas de esclavitud, más o menos encubiertas, que aún no han conseguido ser extinguidas.
En España en sistema esclavista fue abolido a principios del siglo XIX, exactamente por la constitución promulgada en Cádiz en 1812, suscribiendo nuestro país en 1814 tratados bilaterales con Inglaterra en los que se prohibía el comercio de esclavos.
Pero la abolición efectiva de la esclavitud en la España peninsular no llegó hasta 1837 y excluía a los territorios de ultramar dada la presión ejercida por la oligarquía de Cuba y Puerto Rico que amenazaron con anexionarse a Estados Unidos si se les liberaba a sus esclavos, necesarios para seguir disponiendo de una mano de obra barata para la zafra cañera y el trabajo en los ingenios azucareros.
La ley por la que se abolía la esclavitud en Puerto Rico fue finalmente aprobada el 25 de marzo de 1873, un mes después de la abdicación del rey y de haberse votado la proclamación de la Primera República Española. Cuba tuvo que esperar siete años más, ya que la definitiva abolición no llegó hasta el 17 de febrero de 1880, ya en el reinado de Alfonso XII.
En la Edad Moderna existieron, por lo tanto, un gran número de esclavos, muchos de ellos destinados, junto a los delincuentes, a servir de galeotes en la Marina de Guerra y al servicio de las clases más pudientes de la nación.
Generalmente los esclavos dentro de España eran introducidos desde el exterior y cuyo origen era diverso. La mayor parte procedía de África y llegaban a la Península por procedimientos y circunstancias muy diferentes, pero especialmente como prisioneros de guerra. La parte de África del norte conocida como Berbería fue la fuente principal de esclavos, tanto negros como blancos.
En la documentación histórica que se conserva del Motril de entre los siglos XVI al XVII es normal encontrar que casi todas las familias más poderosas de la ciudad tenían esclavos, generalmente destinados al servicio domestico. Por el contrario, es muy raro que encontremos esclavos trabajando en la corta de la caña o en la manufactura de azúcar, donde lo normal era que todos los trabajadores fuesen asalariados.
De los muchos datos sobre esclavos motrileños, hemos escogido como muestra dos escrituras que son referentes expresos al tema que nos ocupa.
La primera es un contrato de venta de un esclavo y la segunda una documento de manumisión, es decir la declaración legal por la cual se le daba libertad a un esclavo.
El 20 de octubre de 1639, Juan Gómez Manrique, jurado de Granada, vende al motrileño Antonio de Anaya un esclavo de su propiedad.
El citado esclavo de nombre Nicolás, era de origen berberisco, nacido en Guadix y estaba considerado como eslavo cautivo, hijo de padres cautivos.
Tenía 20 años, su color era blanco y se recogían algunos de sus datos particulares, como que tenía dos “bastoncillos” en la nariz y que estaba mellado de un diente en la parte superior de la dentadura.
El precio se ajustó en 1.330 reales y el vendedor garantizaba que su propietario original, Antonio Brasa, jurado accitano, lo habían educado convenientemente y que no era borracho, ladrón ni fugitivo, no padeciendo ningún mal de la cabeza ni enfermedad alguna.
Las condiciones debieron parecerle bien a Antonio de Anaya y vendedor y comprador firmaron el protocolo notarial, renunciando el vendedor a reclamar cantidad alguna superior a la cifra acordada y el comprador a no exigir cosa alguna que no estuviese recogida en el contrato que firmaban, es decir una simple transacción comercial en la que el eslavo era tratado como un exclusivo bien material.
La segunda escritura, fechada en 1659, es otra cosa bastante diferente ya que significaba la libertad de un esclavo.
Su propietario, el motrileño Diego Núñez de Espinosa, siguiendo los últimos deseos de su mujer recogidos en su testamento, tiene a bien dar libertad a un esclavo de su pertenencia llamado Juan de la Cruz de 30 años de edad, hijo de judíos marranos, de color blanco y que por señas distintivas tenia dos grandes lunares en el pecho y una pequeña cicatriz en la frente.
Juan de la Cruz no abandonaría la casa de su antiguo dueño y permanecería en ella como criado asalariado.
Ambos protocolos notariales nos ayudan a comprender mejor la sociedad motrileña de hace más de 300 años, donde un esclavo era equiparado jurídicamente a una cosa y era un ser marginado y su consideración de mercancía le imposibilita tener una vida familiar normal, es un producto de ostentación caro que solo unas minorías podían permitirse.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.

  DATOS SOBRE EL SEXENIO REVOLUCIONARIO Y LA REPÚBLICA INDEPENDIENTE DE MOTRIL QUE NUNCA EXISTIÓ EN 1873                              ...